Diputados: Rechazo legislativo al DNU 340/2025

«Rechazar el decreto de necesidad y urgencia n°340/2025 sobre “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional” y declarar su nulidad absoluta e insanable» reza el proyecto de resoluciòn presentado por diversos Diputados Nacionales encabezados por la Diputada Julia Strada.

Entre sus fundamentos, la Diputada Strada, manifiesta que «El DNU 340/2025 vulnera los requisitos constitucionales (art. 99, inciso 3) para su dictado: no existían al momento del dictado circunstancias
excepcionales que impidan el procedimiento de formación y sanción de leyes, ni se invocaron razones válidas de necesidad y urgencia. El Congreso de la Nación estaba funcionando normalmente»
fundamento principal para pedir su nulidad.

La legisladora de UxP agrega que «solo aparece invocada la urgencia en “el marco de una emergencia
administrativa, económica, financiera y energética, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 70/23 y en la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742”. Sobre esa invocación corresponde subrayar que el decreto n°70/2023 es manifiestamente inconstitucional y ya fue rechazado por el Senado. Tan solo mantiene vigencia por el apoyo tácito de fuerzas aliadas al Gobierno de turno. Incluso ha merecido pronunciamientos judiciales de inconstitucionalidad. Además, la declaración de emergencia de la Ley Bases no puede servir de fundamento para el dictado de decretos de necesidad y urgencia, sino que solo sirve de sustento para las delegaciones legislativas allí previstas, las que, por cierto, se encuentran próximas a vencer. En otras palabras, es inadmisible utilizar instrumento excepcional (delegación legislativa) para habilitar otro (decreto de necesidad y urgencia
)».

La deninca de la legisladora afirma que el DNU, exede el marco de la modificaciòn del marco regulatorio de la Marina Mecante al modificar las leyes: Ley de Navegación n°20.094, Decreto-Ley n°19.942/1944 de Navegación y comercio de cabotaje nacional, Ley 27.418 de Régimen de Promoción de la Industria Naval Argentina., Ley 27.419 de Desarrollo de la Marina Mercante Nacional y la Integración Fluvial Nacional y la Ley 25.877 de Régimen Laboral.

El proyecto de rechazo y nulidad del DNU 340/25 continua fundamentando que «la situación se agrava cuando revisamos el contenido del DNU 340/2025. En primer lugar, el DNU reedita en su artículo 3 una modificación del artículo 24 de la ley 25.877de Régimen Laboral. Este último artículo había sido modificado por el artículo 97 del DNU 70/2023. También fue declarado inconstitucional en la causa promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT), que aguarda hace un año la definición por la Corte Suprema. En otras palabras, el Gobierno ha repuesto un artículo inconstitucional, otra vez por DNU. Se trata de una cuestión extremadamente sensible, puesto que, ya sea en la versión del DNU 70/2023 o 340/2025, el Gobierno busca cercenar el derecho de huelga de trabajadores en general y en múltiples actividades. En segundo lugar, el DNU 340/2025 permitiría a buques de bandera extranjera operar bajo la matrícula nacional. Esto supondría la inminente desaparición de lo queda de la flota mercante argentina. En las palabras del DNU, se busca “flexibilizar” y “facilitar” la operatoria de buques extranjeros».

Strada finaliza su fundamentaciòn «Asistimos a un nuevo exceso institucional y regulatorio del Gobierno, en sintonía con el DNU 70/2023. Nuevamente, manifestamos nuestro rechazo y solicitamos el inmediato rechazo del DNU 340/2025. No es discrecional para el Poder Ejecutivo decidir entre el dictado de un DNU y la sanción de una ley. En un escenario de normal funcionamiento del Congreso de la Nación, no puede instaurar un nuevo régimen por decreto. Menos aún, si ese nuevo régimen resulta tan perjudicial como este que instala el DNU 340/2025«.

Texto completo de la Resolucòn: https://mail.google.com/mail/u/0/#inbox/FMfcgzQbfTtZTNlqvlHMkpnGKSvkCdGb?projector=1&messagePartId=0.1

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