El proyecto que el oficialismo presentó en la Cámara Baja en marzo estuvo a cargo de la diputada nacional de La Libertad Avanza, Romina Diez, y lo hizo junto con otros 14 colegas del mismo bloque, entre quienes están José Luis Espert y Gabriel Bornoroni, jefe del bloque oficialista.

La modificación a la Ley de Contrato de Trabajo que se propone en el proyecto de ley representa una medida para actualizar una norma que cuenta con muchos años.
Los diez puntos destacados del proyecto :
1. Establecer un plazo de 30 días para que los empleados impugnen las sanciones que les son impuestas. Pasado dicho plazo, serán consideradas consentidas por el trabajador.
2. Incorporar algunos beneficios sociales al listado existente en el art. 103 bis, como por ejemplo, gimnasio, cuota de clubes, celulares o acceso a internet para el trabajador o su familia. Sobre esto no se pagan aportes y contribuciones a la seguridad social.
3. Determinar cuáles son los requisitos que deben contener los recibos de haberes.
4. Tener la posibilidad de homologar el cambio de condiciones de trabajo, sometidas ellas al control de la autoridad administrativa del trabajo (Ministerio o Secretaría, según la jurisdicción en la cual se lleve adelante). Esto permite que no se aleguen luego planteos de que las modificaciones fueron impuestas por parte de las empresas.
5. Establecer la obligación de guardar los recibos de haberes por el período de prescripción de los créditos salariales.

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6. Habilitar a que los empleados puedan gozar de las vacaciones de manera fraccionada, algo que en los hechos ya se venía realizando, para poder particionar el período de descanso anual en diversos momentos del año, fijando un mínimo de 7 días para su goce. Para el caso de matrimonios que desarrollen tareas en un mismo establecimiento, se dispone que el empleador otorgue las vacaciones en el mismo período.
7. En materia de pago de enfermedades inculpables, recepta posiciones de la Justicia en aspectos que generan dudas. Establece que para el caso de salarios integrados con comisiones variables se deberá liquidar de acuerdo al promedio de lo percibido en el último semestre no pudiendo, en ningún caso, la remuneración del trabajador enfermo o accidentado ser inferior a la que hubiese percibido de no haberse operado el impedimento, debiendo incluirse en el cómputo las remuneraciones variables.
8. Prever que las indemnizaciones que hubiera percibido un empleado que hubiera reingresado a prestar tareas para el mismo empleado sea actualizada al momento del pago de una nueva indemnización.
9. Establecer que los créditos laborales devengarán un interés equivalente al IPC más 3%, lo que recepta la postura que hoy representa la mayoría de las Salas que integran la Cámara de Apelaciones del Trabajo en Buenos Aires y ofrece un tratamiento igualitario con lo que sucede en otras provincias donde las tasas de actualización muchas veces son más altas.
10. Establecer que, en los casos de condenas en procesos judiciales, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas podrán acogerse al pago total de la misma en hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas, las que serán ajustadas por la tasa de interés que la ley prevé.

El avance de este proyecto puede abrir un nuevo frente de conflicto entre el Gobierno y los sindicatos, con una (sorprendente inactiva) CGT que está atenta porque considera que esta reforma va a dejar de lado derechos laborales fundamentales.
Fuente; iProfesional