La Autoridad de Aplicación informó el cierre a la pesca comercial de langostino de las Subáreas 4, 8 y 11, basados en el informe elaborado por el INIDEP.

A partir de la información y recomendaciones recibidas del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), se ha dispuesto el cierre a la pesca comercial de langostino en las Subáreas (SA) 4, 8 y 11, a partir de la hora 0:00 del día 2 de octubre de 2025 y se ha solicitado a la Prefectura Naval Argentina (PNA) que arbitre los medios necesarios para la difusión y cumplimiento de la medida.
Los informes del INIDEP actualizaron los resultados obtenidos por la flota langostinera al 29 de septiembre, destacando que las Subáreas mencionadas obtuvieron valores que superan el límite del 0.20 establecido por la normativa vigente. En la última semana la relación merluza/langostino (M/L) promedió el 0.67 en la SA 4, el 1.61 en la SA 8 y el 0.42 en la SA 11.

En función de lo expuesto, teniendo en cuenta los resultados obtenidos en las últimas prospecciones y los valores de la relación M/L observados en las últimas semanas en las tres áreas habilitadas a la pesca dentro del AVPJM, el INIDEP recomendó el cierre del despacho a la pesca dirigida de langostino en los próximos días, a fin de proteger la migración del efectivo reproductor de merluza hacia sus áreas de puesta que se superponen con las zonas de pesca de langostino en esta época del año.