Audiencia para el 10 y 11 de noviembre para tratar el proyecto Sea Lion.

La controversia jurídica internacional entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña por la explotación unilateral de hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte ingresó en su fase oral definitiva.

El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM / ITLOS) fijó formalmente las fechas del 10 y 11 de noviembre de 2026 para llevar a cabo las audiencias públicas donde se debatirá la solicitud de medidas provisionales urgentes presentada por la Casa Rosada contra el proyecto Sea Lion.

La convocatoria quedó oficializada a través de una ordenanza procesal rubricada por el magistrado camerunés Maurice K. Kamga, en la cual el tribunal permanente con sede en Hamburgo, Alemania, asignó la carátula formal al expediente: “Caso sobre la explotación de hidrocarburos en el océano Atlántico sudoccidental (Argentina contra el Reino Unido), relativo a medidas provisionales”.

La celeridad del cronograma fijado por el tribunal responde a los plazos sumarios contemplados en el artículo 290, párrafo 5, de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), mecanismo activado por la Argentina el pasado 13 de octubre luego de que venciera el ultimátum de dos semanas otorgado a Londres para ordenar el cese de las actividades.

Si el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM / ITLOS) le da la razón a la Argentina en el marco del reclamo por la explotación petrolera en la Cuenca Malvinas Norte (proyecto Sea Lion), el tribunal podría ordenar al Reino Unido (y a las empresas operadoras Navitas Petroleum y Rockhopper Exploration) abstenerse de iniciar nuevas actividades de perforación o explotación mientras se constituye el tribunal arbitral de fondo.

Una decisión de medidas provisionales dictada por el ITLOS es de carácter obligatorio para las partes según las normas de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). No obstante, un fallo favorable en esta medida cautelar de urgencia no resuelve la disputa de soberanía territorial sobre las Islas Malvinas, sino que congela o regula las operaciones en el área marítima hasta que el tribunal arbitral del Anexo VII emita una resolución definitiva.

Por su parte, el gobierno británico fijó su posición ante la Cámara de los Comunes: confirmó que se someterá al procedimiento arbitral bajo la CONVEMAR y reconoció que las eventuales medidas provisionales que dicte el tribunal son de cumplimiento jurídicamente obligatorio.

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