«Expresar repudio a la Resolución 41/25 de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) publicada en el Boletín Oficial el 9 de septiembre de 2025, en donde se pretende restituir solapadamente la vigencia de los efectos negativos del Decreto 340/25 recientemente rechazado por el Poder Legislativo» expresa la escueta resolución legislativa.

El proyecto fué presentado por la Diputada Marcela Fabiana Paso (FdT), que no obstante lo escueto del acto resolutivo, fué extensamente fundamentado por la ex intenta de General Lavalle.
Paso, que en el año 2020 fue designada en forma oficial subinterventora de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado, dependiente del Ministerio de Transporte, hoy en liquidación y fusionada, por el presidente Javier Milei, con la Subsecretaria de Puertos y Vía Navegables, en la Agencia Nacional de Puertos y Navegación.
Entre los fundamentos Paso, expresa «La Resolución 41/25 modifica de manera sustancial el régimen de excepciones a la Ley de Cabotaje Nacional (Decreto-Ley 19.492) y la Ley 27.419 de la Marina Mercante Nacional, sustituyendo el sistema de publicaciones y consultas previas por un mecanismo de simple declaración jurada que habilita la operación de buques extranjeros en tráficos reservados a embarcaciones de bandera argentina, ante la falta de disponibilidad. Esto genera profundas consecuencias negativas para la Marina Mercante y para toda la industria naval del país«.

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Haciendo un recordatorio extenso sobre los pasos que derivaron en el rechazo del Poder Legislativo del Decreto 340/25, la legisladora expresó «La finalidad buscada en dicha resolución atenta contra la prioridad de la bandera argentina en el cabotaje nacional, impidiendo que los armadores nacionales puedan ofrecer sus servicios antes de autorizarse el ingreso de buques de bandera extranjeras, lo cual claramente vulnera el principio de preferencia de bandera argentina consagrado en la Ley de Cabotaje, cambiando los plazos de solicitud de excepción los cuales deberán ser presentados con al menos tres días hábiles antes del inicio de la operación. La eliminación de los controles para excepciones superiores a 30 días permitiría la permanencia indefinida de tripulaciones extranjeras en el tráfico de cabotaje. Los certificados de excepción tienen una vigencia de hasta 180 días desde su emisión, pudiendo solicitar prórrogas. Asimismo, los organismos estatales pueden solicitar la excepción a través de una comunicación oficial posterior a la adjudicación del contrato«.
La Diputada Nacional reconoce que «Tanto la actividad naviera nacional como la industria naval son pilares fundamentales de los intereses marítimos argentinos, y resultan claves para la desarrollo económico nacional mediante la generación de fletes y la ocupación de mano de obra, tanto a bordo de los buques como en la industria naval por sus conocidos efectos multiplicadores, capaces de producir ingresos por la exportación de bienes y servicios».
Por último, y a modo de definición Marcela Paso expresa en sus fundamentos, marcando claramente la diferenciación con el sector político oficialista, al expresar que «Resulta de vital importancia para el país, dado que el 95% del comercio argentino se realiza por vía acuática, el sostenimiento de una flota de bandera tripulada con nacionales para brindar mínimamente los servicios indispensables que nuestra Nación requiere. Necesitamos una navegación que la realicen buques de bandera argentina, con tripulación argentina y con astilleros argentinos«.