La medida aplica para la importación de juguetes, electrodomésticos, bicicletas para niños, elementos de protección y encendedores, entre otros. La DGA establece requisitos y características esenciales de seguridad y calidad a los que deben adecuarse los productos.
La Dirección General de Aduanas (DGA) perfeccionó el sistema de control de calidad y seguridad de bienes importados, y los certificados deberán ser cargados al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), la autoridad de aplicación controlará la información y, si todo está en regla, podrá desbloquear el expediente.
La DGA establece requisitos y características esenciales de seguridad y calidad a los que deben adecuarse los productos destinados a la comercialización en la República Argentina y realizó una actualización en el sistema de control de las importaciones.
A través de las nuevas modificaciones, los importadores deberán detallar dentro del “Sistema de Importaciones de la República Argentina” (SIRA) la información sobre la calidad y seguridad de los productos que quieran traer al país, y sólo una vez que esos datos sean controlados por la autoridad de aplicación, el expediente podrá ser desbloqueado.
De esta manera “los operadores tendrán que declarar el número de expediente otorgado por el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) que se genera cuando declaran los certificados y el número de aprobación de la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos que surge del GDE cuando realizan el pedido y luego, la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos tomará intervención y tendrá 60 días corridos para expedirse”, explicaron desde la DGA.
Al respecto, argumentaron que “la razón de la decisión fue dar un salto cualitativo en el control de las importaciones y asegurar la calidad de los productos que se traen al país debido a que la Aduana detectó intentos de presentaciones de certificados apócrifos, y mejoró los procedimientos ya que el uso de bienes carentes de los avales correspondientes puede llegar a ser perjudicial para la salud de la población”.
La medida, tomada en colaboración con AFIP y la Secretaría de Comercio, entrará en vigencia a los 30 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial para las importaciones de productos de acero, electrodomésticos, lámparas LED y productos gráficos, entre otros, y a los 60 días corridos de su publicación será obligatorio para elementos de protección personal, encendedores, bicicletas para niños, juguetes y lentes de sol, entre otros.
Fuente: Telam