Mediante la Resolución N° 8 de fecha 2 de Junio del corriente año el Consaejo federal Pesquero, ha modificado el Derecho Unico de Extracción, para todos los productos pesqueros capturados en jurisdicción nacional.
La resolución entrará se aplicará para las descargas efectuadas a
partir del 1° de julio de 2022 y será revisada anualmente conforme el mecanismo establecido en los artículos 2° y 3° de la Resolución N° 7, de fecha 23 de junio de 2016, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
El Consejo Federal Pesquero fundamenta su resolución en la Nota NO-2022-51468907-APN-DPP#MAGYP, de fecha 23 de mayo, por la cual la Autoridad de Aplicación remitió un informe con los cálculos sobre la variación porcentual de los valores de comercialización del principal producto de cada especie ocurrida al 31 de diciembre de 2021.
Asi el Coeficiente multiplicador del arancel base ha quedado determinado, para la Merluza Común, en 0,8 y 1,3 sobre $ 477 por toneleda de acuerdo a la modalidad de pesca.
En tanto que para el Langostino en 1,3 sobre un arancel base de $ 7135 por tonelada.