La Prefectura Naval Argentina realizará el censo al personal navegante de la marina mercante nacional con el objetivo de constatar las condiciones de habilitación y los registros realizados en los documentos de embarco.
Este censo se realiza cada cinco años como máximo, tal como establece el Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE, artículo 501.0311).
Para cumplir con los requisitos de actualización, la Autoridad Marítima establece, mediante Disposición DISFC-2022-989-APN-PNA#MSG, realizar el Censo General del Personal Navegante de la Marina Mercante Nacional comprendido en los artículos 502.0105 y 502.0111 del REGINAVE, como así también al Personal Embarcado incluido en la Resolución Ministerial Nº 285/03: “Reglamento para la Habilitación y Registro del Personal Navegante correspondiente a Buques con Servicios Especiales”.
El registro debe hacerse entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre del 2022, y es de carácter obligatorio para el Personal Navegante de la Marina Mercante Nacional.
Aquellos que deban realizar el censo tienen que presentarse, dentro del plazo señalado, en la dependencia jurisdiccional de la Institución más cercana a su domicilio, con la siguiente documentación:
- Documento de Embarco
- Títulos y/o certificados (cursos básicos y/o específicos)
- Reconocimiento médico vigente
Los resultados serán procesados y registrados en el Sistema de Gestión del Personal de la Marina Mercante Nacional (GEPERMM), que tramita la Prefectura.
Los interesados en obtener más información sobre la implementación del censo, o aquellos que deseen efectuar consultas sobre la documentación de embarco, títulos y/o certificados a presentar por sus titulares, podrán dirigirse a:
*División Personal de la Navegación
*Departamento Practicaje y Personal de la Navegación
*Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación
TEL: (+54 11) 4318-7400, internos 2199-2131
e-Mail: jefepnav@prefecturanaval.gov.ar
Cabe destacar que el último censo realizado al personal navegante de la Marina Mercante se realizó en el 2017, acorde lo estipulado en la ordenanza n° 2/17 (DPSN) del tomo 5 “Régimen del Personal de la Marina Mercante”, titulada “Actualización del Registro General Matriz del Personal Embarcado de la Marina Mercante Nacional”.