El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger volvió a apuntar contra la figura de los despachantes de Aduana. El DNU estipulaba la desregulación de la actividad, pero una cautelar vigente suspende la desaparición del registro que los regula.

El ministro dijo en un hilo en su cuenta de X que el DNU 70/2023 postuló la eliminación del registro de exportadores, importadores y despachantes de aduana. «Aunque parezca mentira para exportar era necesario estar en un registro«, dijo el funcionario.
El DNU que elaboró Sturzenegger elimina la obligación de los operadores de comercio exterior de inscribirse en un registro que establecía sanciones para las faltas en el acciones. Esto hace que cualquiera pueda operar en comercio exterior, pero reserva en los despachantes la obligatoriedad de registrarse ante la institución.
El DNU, según destacó el ministro, también crea la figura del «declarante» para hacer trámites sin necesidad de ser despachante. «Su existencia representa una competencia potencial para los despachantes que redunda en menores costos y mejores prestaciones», agregó.
Sturzenegger, compartió una nota del titular de Aduana, Eduardo Mallea, que refiere a los cambios en las resoluciones anticipadas y la publicación de los dictámenes técnicos emitidos en sumarios clasificatorios y destaca que el objetivo es facilitar el comercio y simplificar procedimientos, sin alterar el control aduanero.

Sin embargo, el consenso sobre que la modificación de las normas cumpla con el respeto a los controles aduaneros no es tan amplio. Desde el Centro de Despachantes de Aduana habían solicitado una cautelar que suspende los artículos 98 al 104 del DNU que legisla sobre la actividad aduanera.
El DNU que elaboró Sturzenegger elimina la obligación de los operadores de comercio exterior de inscribirse en un registro que establecía sanciones para las faltas en el acciones. Esto hace que cualquiera pueda operar en comercio exterior, pero reserva en los despachantes la obligatoriedad de registrarse ante la institución.
Es por eso que, por la existencia de la cautelar y del DNU, hoy las figuras coexisten, tanto el declarante como el despachante. Respecto de los costos, la tarifa de los despachantes hoy no se encuentre regulada, por lo que no existe un costo fijo del servicio de asistencia.
Entre los argumentos que destacaron en el pedido de la cautelar se señala que «afecta el derecho a trabajar de miles de despachantes» que habían visto reducida su actividad en los años anteriores, además de señalar que puede afectar a los requisitos de seguridad que intervienen en el proceso de comercio exterior.

La diferencia fundamental radica en que, al eliminarse el registro, no existe sanción, en caso de cometer una infracción, para quien intervenga.
«En este escenario, se produce lo que se conoce como ‘paradoja de la desregulación’: en el intento de facilitar el comercio y promover la igualdad de acceso, se corre el riesgo de afectar la eficiencia del control aduanero. La falta de requisitos claros y la posibilidad de que cualquier persona autorizada intervenga en los procesos aduaneros pueden generar un escenario donde la igualdad, la supervisión, la seguridad y la aplicación de normativas se vean comprometidas«, agregaron en la cautelar vigente.