Mas de un centenar de Diputados Nacionales, presentó en las últimas horas, en la Cámara Baja, un proyecto de Ley para que las Islas Malvinas, sean declaradas como SIMBOLO NACIONAL, estableciendo medidas de exhibición de carácter obligatorio

Asi lo dice en su Artículo 1º – del proyecto que, entre otros, firman los Diputados Nacionales Dip. Nicolás Trotta – Dip. Aldo Leiva – Dip. Germán Martínez – Dip. Oscar Herrera Ahuad – Dip. Gisela Scaglia – Dip. Sebastián Nóblega – Dip. Gladys Medina – Dip. Miguel Ángel Pichetto – Dip. Oscar Zago – Dip. Marcela Pagano – Dip. Natalia de la Sota – Dip. Jorge Fernández – Dip. Paula Penacca – Dip. Andrea Freites – Dip. Marcelo Barbur – Dip. Ernesto “Pipi” Ali – Dip. Cristian Andino – Dip. Javier Andrade – Dip. Jorge Neri Araujo Hernández – Dip. Lourdes Micaela Arrieta – Dip. Alberto Arrúa, lo que demuestra que hubo coincidencia entre diversos bloques internos de la Cámara.
La iniciativa fue lanzada horas antes que el presidente Javier Milei hiciera declaraciones referidas la posibilidad de «buenas noticias» con respecto al conflicto sobre la soberanía en el archipiélago argentino, expectativas que minutos después fueron minimizadas por el canciller de la Argentina, Pablo Quirno.

El Artículo 4º resalta la obligación de la Exhibición obligatoria. «deberá exhibirse en forma permanente, en un lugar preferente y visible, en: a) Todos los edificios y dependencias en que funcionen organismos, reparticiones o entidades del Estado nacional; b) Las embajadas, consulados y demás representaciones diplomáticas y consulares de la República Argentina en el exterior; cuando la infraestructura lo permita deberá ser colocado en el exterior de la dependencia para que pueda ser observado por quienes transiten sus inmediaciones; c) Los establecimientos educativos de gestión estatal o privada sujetos a jurisdicción nacional, de todos los niveles y modalidades, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley N° 26.651;d) Los buques de bandera argentina y las aeronaves de matrícula argentina afectados a servicios de transporte, así como el material rodante ferroviario y automotor afectado al transporte público de pasajeros de jurisdicción nacional, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley N° 27.023; e) Los aeropuertos, aeródromos y estaciones aéreas integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos y toda otra terminal aérea de jurisdicción nacional, en los que deberá emplazarse un cartel con el Símbolo Nacional en el sector de arribos, en el sector de partidas y en el hall central de acceso público, con dimensiones que aseguren su visibilidad desde toda la superficie de dichos sectores; y f) Todo otro edificio, instalación o espacio de uso institucional del Estado nacional no comprendido en los incisos anteriores«.

El Artículo 5º – obliga a la presencia documental «Se debe agregar en el frente y/o dorso de todos los pasaportes el Símbolo Nacional declarado en el artículo 1° e incluir en una página interna el código de respuesta rápida (QR) enunciado en el artículo 7°».
El proyecto apela al compromiso social de causa Malvinas, permitiendo la adhesión a la Ley de empresas u organizaciones privadas, a exhibir la imagen de distintas formas, lo hace a través del Artículo 11°.- «Sello «Empresa/Organización comprometida con la Memoria y la Soberanía Nacional». Créase, en el ámbito de la autoridad de aplicación, el sello de reconocimiento «Empresa/Organización comprometida con la Memoria y la Soberanía Nacional», que podrán solicitar y exhibir las personas humanas y jurídicas del sector privado, incluidas las empresas, las federaciones, confederaciones, asociaciones y clubes deportivos y las organizaciones no gubernamentales, que adhieran voluntariamente a la presente ley y exhiban el Símbolo Nacional en sus establecimientos, productos, servicios o comunicaciones institucionales, en las condiciones que establezca la reglamentación. La adhesión es de carácter voluntario y gratuito, no genera obligación alguna para los particulares ni su omisión acarrea consecuencia, carga o sanción de ningún tipo. La autoridad de aplicación llevará un registro público de adherentes y establecerá el diseño, las condiciones de uso, la vigencia y las causales de revocación del sello«.
La CAUSA MALVINAS, ha vuelto a despertar el sentido de NACION de los argentinos. Consultadas fuentes legislativas, aseguraron que confían plenamente en sancionarla rápidamente y que su tratamiento en el Senado de la Nación, contara con el mismo destino.