Prorrogan sin tiempo límite, la continuidad de la AGP.

Mediante la Resolución RESOL-2025-21-APN-MEC, el Ministerio de Economía había dispuesto l disolución de l Administración General de Puerto Sociedad Anónima Unipersonal, en plazo de 180 días a partir de su publicación, plazo que feneció en el mes de agosto.

El día 3 de Octubre el Ministerio que conduce Luis Caputto, emitió una nueva resolución que prorroga su existencia sin una fecha límite y aclara cuales son las prioridades de gestión que le impone al organismo que por ahora tendrá continuidad.

Se trata de la Resolución 1548/2025 que en su artículo 1° establece «Prorrogase la recomendación dispuesta por el artículo 1° de la resolución 21 del 24 de enero del 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-21-APN-MEC), a fin de asegurar la continuidad de la gestión en lo que atañe a la administración de bienes, recursos, derechos y obligaciones en transferencia, el cumplimiento y seguimiento de los contratos en curso de ejecución«.

Ver Resol: (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/332506/20251007)

En su Artículo 2° reemplaza el Artículo 3ro. de la Resolución 21/2025 que establecía la vigencia por 180 días prorrogable por una única ves, pero cambiando el sentido del mismo. Por un lado no pone fecha para la disolución del organismo nacional, y por el otro le encomienda objetivos específicos.

El texto explica «Instruyese a la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal (AGP SAU) a prestar toda colaboración técnica específica y necesaria a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), quedando vigente la presente recomendación con sujeción a los siguientes objetivos: (i) El llamado y la consecuente adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado, redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal; (ii) La finalización del proceso de relevamiento de los espacios portuarios y la posterior regularización de su título de uso; y (iii) El cabal cumplimiento con la unificación de las concesiones de las Terminales N° 1, 2 y 3 de Puerto Nuevo – Buenos Aires en una única concesión y área concesionada en los términos dispuestos en el decreto 602 del 21 de agosto de 2025, todo ello de conformidad con la recomendación dispuesta en el artículo 1° de esta medida”.

La resolución fue publicada en el Boletín Oficial en el día de hoy y persigue claramente dar continuidad política-administrativa a lo que, el gobierno «Libertario», considera el centro de los negocios portuarios, la Licitación del dragado de la Vía Navegable Troncal (conocida como Hidrovia Paraná – Paraguay) y la unificación de las terminales del puerto capitalino para poder disponer de las tierras aledañas.

El Gobierno fundamenta su resolución, entre otras cosas en que «a resultas de la actividad administrativa desplegada y teniendo en cuenta que incumbe realizar mandatos legales, y de naturaleza organizativa, trascendentales e imprescindibles, de carácter previo, se concibe que el plazo dispuesto resultó nimio a los fines del cabal cumplimiento de la finalidad perseguida por el dictado de la resolución 21/2025 del Ministerio de Economía«, y continua «en la actualidad, se advierte que no se encuentran atiborradas las condiciones técnicas y organizacionales de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), y que se mantiene incólume el deber de asegurar la continuidad de la gestión en lo que atañe a la administración de bienes y recursos, así como lo relativo al cumplimiento y seguimiento de los contratos en curso de ejecución, y los llamados a licitación los que requieren de oficiosidad eminentemente técnica específica» con un reconocimiento implícito de lo improvisada de la resolución anterior.

POCO DE GESTION, MUCHO DE NEGOCIO PARA AMIGOS

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