Se trata del Directorio del Consorcio del Puerto de San Nicolás que conduce Cecilia Comerio y del Puerto de la Plata, a cargo de José María Lojo. En ambos casos los proyectos llevaran la firma del Subsecretario de Asuntos Portuarios, Juan Cruz Lucero.
El artículo 1° del proyecto de Puerto San Nicolas establece «Convalidar la continuidad en el ejercicio de sus funciones como integrantes del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de San Nicolás y las actuaciones efectuadas por el Sr. CAPRA, Carlos Hugo (DNI N° 26.512.207); CERIOTTI, José María (D.N.I. N° 26.938.091); FELICEVICH, Darío (D.N.I. N° 30.683.668); SCHUBERT AGUILÁ, Baltasar Ezequiel (D.N.I. N° 26.938.444); AZCOITIA, Fernando Ramón (D.N.I. N° 20.143.206); PINEDO, Agustín (D.N.I. N° 18.515.788), desde el día 12 de agosto de 2022 hasta el dictado del presente acto administrativo«.
En Tanto que los artículos siguiente nombra a cada uno de directores y su representación:
- Al Señor CAPRA, Carlos Hugo en representación de la Municipalidad del Partido de San Nicolás
- Al señor DE BIASE, Leonardo Martin (D.N.I Nº 26.519.059) por la Asociación Civil Cámara de Empresas
- Al señor BAHR, Nicolas Alejandro (D.N.I Nº 23.645.327) por la Cámara Portuaria y Marítima de San Nicolás
- Al señor HOLLMANN, Hugo Raul (D.N.I Nº 11.297.661) por la Unión Obrera Metalúrgica
- Al señor GUEVARA, Adalberto Mariano Daniel (D.N.I Nº 21.688.431) por el Sindicato Único del Personal Aduanero de la República Argentina
- Al señor TISCORNIA, Belisario (D.N.I Nº 17.254.112) por la la Cámara de Operadores Externos del Puerto de San Nicolás (COEPSA)
- Al señor ESPINA, Carlos María (D.N.I Nº 17.287.791) por el Parque Industrial COMIRSA
- Al señor BLÁZQUEZ, Ariel Diego (D.N.I Nº 27.606.142) por la Cámara de la Industria Argentina de Fertilizantes y Agroquímicos (CIAFA)
En el caso del Puerto de La Plata, el Articulo 1° reitera el convalidación de los actos cuando dice «Convalidar las actuaciones efectuadas en el ejercicio de sus funciones como integrantes del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata por los señores ALI, Claudio Enrique (D.N.I. Nº 14.463.831); CACHILE, Alejandro Jose (D.N.I. Nº 35.954.980); CORDIDO, César Arturo (D.N.I Nº 8.208.538); CELENTANO, Guillermo Juan Antonio (D.N.I. Nº 11.821.023), y JAWORSKY, Marcelo Luis (D.N.I Nº 14.947.142), desde el día 7 de diciembre de 2019 hasta el dictado del presente acto administrativo«.
Por otro lado el Artículo 2° reza «Declarar el cese en sus funciones como integrantes del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, a partir del dictado del presente acto administrativo de ALÍ, Claudio Enrique (D.N.I Nº 14.463.831), CACHILE, Alejandro Jose (D.N.I Nº 35.954.980), CORDIDO, César Arturo (D.N.I Nº 8.208.538); CELENTANO, Guillermo Juan Antonio (D.N.I. Nº 11.821.023), y JAWORSKY, Marcelo Luis (D.N.I Nº 14.947.142)«
En el resto de los articulados realiza las designaciones pertinentes:
- Al señor PENACCHIONNI, Facundo Leandro (D.N.I Nº 23.485.329) en representación de las asociaciones u organismos privados que nuclean a las empresas armadoras o a los representantes de las mismas en el orden local o a las empresas prestatarias de servicios portuarios y/o marítimos y/o de apoyo a la navegación que operan en el ámbito de actuación del Consorcio.
- Al Señor CHAVEZ, Rodolfo Gustavo (D.N.I Nº 18.493.515) en representación de las asociaciones u organismos privados que nuclean a los concesionarios y/o permisionarios de las terminales e instalaciones portuarias comerciales e industriales comprendidas en el ámbito de actuación del Consorcio.
- A la Señora GIULIETTI, Susana Beatriz ( D.N.I Nº 12.836.565), en representación de las asociaciones u organismos privados que nuclean a las empresas que transforman, ensamblan o comercializan insumos de carácter industrial en el área de influencia del Consorcio.
No fueron designados los representantes por las asociaciones sindicales toda vez, que en sus considerandos, el proyecto de resolución indica la imposibilidad por «Que con posterioridad a la promoción del inicio del proceso, esta Subsecretaría fue notificada respecto del dictado de una medida cautelar en el marco de los autos “SINDICATO ÚNICO DE ADMINISTRACIONES PORTUARIAS (S.U.T.A.P.) C/ CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA Y OTRO/A S/ AMPARO SINDICAL” N° SI-26324-2022, en trámite ante el TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 de San Isidro, la cual continúa actualmente su trámite en los autos “SINDICATO ÚNICO DE ADMINISTRACIONES PORTUARIAS S.U.T.A.P.. C/ CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA Y OTROS S/ AMPARO SINDICAL«, N° 29707, ante el Tribunal del Trabajo N° 5 de La Plata, que ordena “al Consorcio de Gestión Portuaria del Puerto La Plata y a la Subsecretaría de Asuntos Portuarios -Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica – Fiscalía de Estado- la inmediata suspensión del proceso de designación exclusivamente de los representantes de las asociaciones sindicales a fin de conformar el Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de la Plata”.
En todos los casos, queda establecido que el ejercicio del cargo de director será de carácter honorario respecto del Consorcio y sin derecho a ningún tipo de retribución, por el plazo de tres (3) años.