El Acuerdo de Ciudad del Cabo se aplica a los buques pesqueros de eslora superior a 24 metros que operan en alta mar. Abarca una amplia gama de aspectos relacionados con la seguridad, desde el diseño y la estabilidad de los buques hasta el equipo de salvamento y la protección contra incendios.

El Acuerdo de Ciudad del Cabo, cuando entre en vigor, contribuirá a una navegación segura, legal y sostenible. Se espera que el acuerdo mejore las normas de seguridad de más de 64.000 buques de 24 metros de eslora en todo el mundo.
COMISIÓN DE INTERESES MARÍTIMOS RATIFICÓ ACUERDOS, CONVENCIONES Y PROTOCOLOS INTERNACIONALES. El Acuerdo de Marrakech, la Convención relativa a la Organización Internacional de ayudas a la Navegación Marítima y el acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 quedaron en condición de ser aprobados en el recinto.

Su objetivo es facilitar un mejor control de la seguridad de los buques pesqueros por parte de los Estados rectores de puerto, los Estados de abanderamiento y los Estados ribereños. También se espera que el Acuerdo de Ciudad del Cabo contribuya a la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y a la prevención de la contaminación por plásticos marinos procedentes de redes de pesca y otros equipos abandonados.