En la República Argentina, el 21 de Diciembre se celebra el «Día del Estibador Portuario». Los Portuarios, mediante el Convenio Colectivo de Trabajo N° 261/95 de fecha 23 de Febrero de 1995, establecieron esta fecha como «Día del Estibador Portuario».
El Artículo 6 del Convenio reza «Día del Estibador Portuario. Se establece como tal el día 21 de diciembre«. y especifica que «en caso de trabajarse, se abonará el jornal con un recargo del 100 % en todos los turnos«.
A pesar de los avances de la tecnología, el estibaje portuario sigue siendo uno de los oficios con más años en la historia de nuestro país, a tal punto que la actividad se remonta a épocas previas a la Colonia.
Sin ellos, el comercio marítimo y fluvial no sería posible. Sin embargo, así como son fundamentales en los puertos, también se le considera uno de los trabajos con mayores riesgos en la actividad.
Su actividad es de mano de obra intensiva, siendo hasta el momento no reemplazable por maquinaria. A pesar que en la actualidad, el uso de equipamientos y tecnología, han facilitado el proceso de estiba, son muchas las mejoras que aún deben ser implementadas a la hora de cargar y descargar mercancías en los distintos tipos de embarcaciones que operan en nuestros puertos, sean estos fluviales o marítimos.