LA PESCA ENTRÓ EN EL RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA INVERSIONES RELEVANTES CON LA PESCA INCORPORADA

La actividad pesquera fue incorporada al Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR) tras recibir media sanción en el Senado de la Nación el 29 de octubre pasado, con 60 votos a favor y 2 en contra. La pesca se incorporó a pedido del Senador (UCR) marplatense Maximiliano Abad.

A impulso de una modificación promovida por el senador Maximiliano Abad, la pesca podrá acceder a los beneficios del régimen sin necesidad de cumplir con el piso general de inversión de USD 12 millones.

“Este proyecto viene a dar respuesta a las empresas que no están contempladas dentro del régimen de inversión vigente. Tiene en cuenta a sectores que tienen un gran potencial como al sector agroindustrial, construcción, metalmecánica, logística y pesca. Agradezco que la hayan incorporado a esta industria porque genera exportaciones, divisas y empleo en la Argentina”, dijo Abad en su discurso ante el plenario en el Senado.

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En su discurso, Abad. reclamó la eliminación de las retenciones a las exportaciones pesqueras, un planteo distinto de los beneficios incorporados al proyecto. “No me voy a cansar de decirlo: lo que es un vuelto para el Estado puede ser decisivo para que una empresa siga produciendo y una familia conserve su fuente de ingresos” expresó el senador radical. Y agrego que “toda empresa que pueda tener las condiciones para crecer, que lo pueda hacer y que tenga el respaldo; no importa el tamaño. El desarrollo de un país se construye con miles de empresas y emprendedores que están dispuestos a dar un paso y este proyecto va en esa dirección. No tengo dudas que para salir adelante hay que liberar las fuerzas productivas y este proyecto va en esa dirección”, sentenció.

El Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR) está diseñado como un puente intermedio para proyectos productivos que no alcanzan el piso mínimo del RIGI (Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones), fijándose como referencia general a partir de USD 12 millones.

Otorga un plazo reducido de 3 meses para recuperar saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado originados por las inversiones del proyecto. Ofrece estabilidad fiscal por un período de 30 años para los beneficios comprendidos en el régimen, y deja. expresamente fuera del régimen, los automóviles, activos financieros, inversiones de cartera, bienes de cambio y proyectos que ya gocen de beneficios por el RIGI.

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