La Agencia Nacional de Navegación y Puertos (ANPyN), estableció que las terminales portuarias y obras de dragado que se encuentran actualmente en funcionamiento en el país dispondrán de un plazo máximo de un año para actualizar sus Planes de Monitoreo y Gestión Ambiental.

la ANPyN establecerá un marco regulatorio ambiental con exigencias diferenciadas, dejando atrás las tramitaciones uniformes. Se implementará un semáforo que clasificará cualquier intervención en las vías navegables según tres escalas de riesgo, baja, moderada y alta incidencia ambiental. Para definir la categoría, la autoridad técnica evaluará factores como el volumen de la obra, la sensibilidad del entorno, los riesgos operativos y los materiales manipulados.
Según se informo desde la ANPyN, El objetivo es regularizar las habilitaciones ambientales de la actividad portuaria.
En la práctica, las obras de bajo impacto accederán a una tramitación simplificada para agilizar los plazos. Por otra parte, las de incidencia moderada deberán presentar estudios enfocados y medidas de gestión específicas. Las iniciativas de alta incidencia, en cambio, enfrentarán el procedimiento ordinario de evaluación, que incluye análisis exhaustivos y la apertura obligatoria de instancias de participación ciudadana.
La normativa contempla una cláusula de continuidad operativa para las terminales y dragados ya existentes que cuenten con antecedentes favorables y planes de monitoreo autorizados. Estas obras no deberán repetir la evaluación completa, a menos que encaren modificaciones sustanciales en su escala, localización o en la naturaleza de sus actividades.
Actualmente, la implementación del régimen se encuentra en su fase previa de consulta técnica, establecida por la Resolución ANPyN Nro. 57/2026.
El organismo nacional abrió un período de 15 días hábiles para que empresas, instituciones y otros actores del sector marítimo puedan elevar sus observaciones y propuestas antes de la redacción definitiva del texto regulatorio.
Nos se aclara como se completará con las autoridades que tiene en su jurisdicción las terminales portuarias, es decir los ministerios y/o secretarias de medio ambiente de las provincias, inclusive con la propia Prefectura Naval Argentina.