Las compañías Jan de Nul y DEME NV siguen adelante hacia la Etapa 2, donde sus planes de trabajo serán sometidos a la evaluación técnica. La empresa brasileña DTA Engenharia, presentó una denuncia penal al haber sido excluida de la licitación.

Este miércoles comenzó la etapa 2 de la licitación para el dragado y re dragado de la Vía Nvegable Troncal para los próximos 25/30 años. Licitación que tiene a la actividad en alerta ante la caida de su anterior y las denuncia y m,edidas judiciales que pesan sobre ésta nueva intención del Gobierno Nacional.
La Etapa 2, es una instancia en la que se evaluarán las capacidades técnicas y operativas de las empresas oferentes que siguen en carrera (Jan de Nul y DEME NV ), mientras que la empresa de capitales brasileños había sido descartada por «no superar la etapa de evaluación de antecedentes al no presentar las garantías de oferta» en el Sobre 1.
En esta nueva fase, se pondrá el foco en el análisis del denominado “Sobre 2”, el cual implementa un sistema de puntaje para calificar el Plan de Trabajo de los oferentes, de esta manera de calificar la parte técnica donde se evaluará la viabilidad de las propuestas para profundizar en aspectos críticos como: la tecnología de la flota de dragas, los equipos de balizamiento, la logística de ejecución y el perfil de los profesionales que liderarán las tareas.
Pero no sorprendió la presentación de la firma brasileña que en el escrito de la denuncia advierte que el proceso presenta irregularidades estructurales y sostiene que “el pliego fue elaborado con adjudicatario predeterminado”, en referencia a la convocatoria impulsada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), a cargo de Iñaki Arreseygor.
Según lo adelantó hoy el periodista Gabriel Ríos Malan en el portal Ser Industria «La presentación fue dirigida a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), el organismo encargado de investigar posibles irregularidades en la administración pública, y apunta contra funcionarios por presuntas violaciones a los deberes de funcionario y negociaciones incompatibles con la función pública».
João Acácio Gomes de Oliveira Neto, presidente de la firma DTA Engenharia, aseguró que su plan contempla invertir en Argentina y fabricar dragas en el histórico astillero bonaerense en caso de resultar adjudicatario de la concesión de la Vía Navegable Troncal.
El documento solicita, además, la suspensión inmediata del proceso licitatorio mientras se investigan los hechos denunciados. En la presentación firmada por el presidente de la compañía, João Acácio Gomes de Oliveira Neto, sostiene que la actual Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2025 no solo replica fallas de procesos anteriores, sino que las profundiza.
Como antecedente, recuerda que una licitación previa fue cancelada por el propio Gobierno tras reconocer la falta de competencia efectiva, en un expediente que fue remitido a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia por posibles conductas anticompetitivas, incluyendo la “posible orientación y favorecimiento de la empresa belga Jan De Nul”.
El eje de la denuncia se centra en el diseño del pliego. Según la firma brasileña, los criterios técnicos fueron estructurados de modo tal que solo el operador de la última década pueda alcanzar la máxima puntuación. Un estudio del economista Alejandro Bustamante, de la Universidad del CEMA, citado en la presentación, concluye que “era altamente probable que no más de dos oferentes superaran el umbral de calificación técnica requerida”, y que uno de ellos tendría una ventaja decisiva.

En la nota publicada por Ríos Malan La empresa afirma que las exigencias no responden a criterios técnicos objetivos sino a un diseño restrictivo. “Las únicas vías comparables —el Mississippi (EE.UU.) y el Yangtzé (China)— son operadas por sus respectivos gobiernos centrales sin licitación privada”, señala el documento, lo que impediría a otras compañías acumular antecedentes equivalentes. También cuestiona condiciones operativas que, según indica, solo podrían cumplirse si los equipos ya se encuentran en la región, lo que “identifica exactamente a la empresa que la opera actualmente”.
En el plano económico, la denuncia sostiene que el esquema tarifario elimina la competencia de precios. “La fórmula cuadrática aplicada fuerza a todos los oferentes a converger hacia la tarifa mínima, eliminando la competencia de precios”, afirma. En ese contexto, agrega que “la adjudicación se decide íntegramente por la puntuación técnica”. Según las estimaciones presentadas, esto implicaría “una transferencia estimada de aproximadamente US$ 4.000 millones del exportador argentino al concesionario” respecto de un escenario competitivo.
A esto se suma la exclusión de empresas estatales extranjeras, que según la denuncia “reduce artificialmente el universo competitivo” sin una justificación técnica clara. El diseño se completa con la decisión de licitar la totalidad de la vía navegable en un solo bloque, en contraste con recomendaciones de organismos internacionales como la OCDE y el Banco Mundial, que promueven el fraccionamiento en lotes para fomentar la competencia.
Según DTA, el documento “no identifica la directiva del informe, quiénes serían los presumidos especialistas ni sus antecedentes curriculares”, en referencia al informe de la UNCTAD, y agrega que su contenido “suscita razonables dudas sobre la autoría”, además de exhibir un “direccionamiento inocultable” en favor de empresas europeas.

Por último la firma afirma no haber obtenido respuesta ni de la UNCTAD ni de la Secretaría General de Naciones Unidas ante sus pedidos de aclaración.
En uno de los aspectos mas graves de la denuncia. DTA asegura «que información sensible habría circulado antes de su comunicación oficial«. Según el documento, un informe clave fue difundido por medios antes de ser notificado a la empresa interesada, lo que “evidencia que la información circuló de forma selectiva y previa”. En esa línea, advierte que una competidora habría accedido a documentación confidencial de otra oferta antes de su apertura formal, algo que “solo sería posible mediante acceso previo a los documentos bajo custodia” de la autoridad.
La denuncia de DTA, concluye – en algo que desde este portal venimos sosteniendo – que la suma de estos elementos configura un patrón consistente de direccionamiento. “El resultado de esta licitación, por tanto, está esencialmente predeterminado desde la elaboración del pliego”, sostiene, y agrega que el proceso “cumple solo la función de conferir apariencia de legalidad a una decisión que, en la práctica, ya ha sido tomada”.